jueves, 6 de junio de 2013

Reparos al plan de seguridad

Los grupos comunitarios son los que más de cerca captan las penas y las glorias de la gente que habita en los barrios, en los que la violencia y la delincuencia son constantes del diario vivir. Esa circunstancia justificaría que a la hora de elaborar un plan de seguridad ciudadana como el que ha puesto en marcha el Gobierno, se incluyera a las organizaciones comunitarias para coordinar con ellas las respuestas a los problemas más agobiantes de las familias de los barrios. Sin embargo, dirigentes de seis organizaciones barriales que comparecieron como invitados al almuerzo semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio, plantean que fueron excluidas y reparan en el hecho de que el plan de seguridad va a ser ejecutado por la Policía Nacional y la DNCD, dos organismos no depurados que, a juicio de estos grupos, son cuestionables por la corrupción a lo interno. Otro reparo es que el plan no contempla la creación de fuentes de trabajo para la gente que por falta de oportunidades ha caído en la delincuencia. También observan que la asistencia en salud en los nuevos hospitales excluye a las personas pobres que carecen de tarjeta de seguro. Los grupos comunitarios temen que el plan fracase por no atacar la exclusión como una de las causas de la violencia y la delincuencia. Sería de justicia social escuchar y valorar las inquietudes de estos grupos. Una sentencia decepcionante La resolución que extingue la persecución penal en el caso Bahía de las Águilas puede tener el fundamento legal que se quiera, pero es un acto decepcionante y de legitimidad cuestionable, entre otras cosas porque intenta premiar a quienes se apoderaron irregularmente de patrimonio del Estado. La decisión obstaculiza un valioso esfuerzo por castigar un acto de corrupción aberrante en perjuicio del patrimonio público. La resolución extingue la acción penal a pesar de que por sentencia del 17 de abril de este año, la Suprema Corte de Justicia ordena que el plazo de la acción penal se compute por tres años, del 15 de septiembre del 2010, de lo que se infiere que caduca el 15 de septiembre de 2013 y, por tanto, el Ministerio Público todavía dispondría de tiempo para presentar la acusación contra los imputados. Alguien debería explicarle al país el por qué de esta premura por extinguir la acción penal antes de tiempo.

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